Revista E-xpressio Edición 2021

1) Establecimiento de acciones afrmativas30. 2) Limitaciones o restricciones al ejercicio de los derechos políticos31. 3) Protección a otros derechos: vida, libertad, garantías judiciales32. 4) Estabilidad en el empleo de cargos o funciones. Dado los límites a esta contribución, solamente me detendré en el último apartado como se ha señalado al inicio de este documento. Como se advierte, no existe una línea concreta que refera a la violencia de género. Continuemos a efectos de encontrar algún hilo en la temática. Violencia “política” en el ejercicio de cargos o funciones tratándose de mujeres y la libertad de expresión. Ahora bien, en tres primeros rubros antes citados las sentencias no se ocupan de ningún caso donde se trate de una situación de género, todas las personas señaladas como víctimas son hombres. Sin embargo, en cuanto al último de los rubros señalados, es decir, el derecho de acceder y mantener el cargo y/o función pública, los antecedentes jurisprudenciales dan cuenta de diferentes situaciones en que las víctimas señaladas son conjuntamente hombres y mujeres y en algunos asuntos, solamente mujeres.Veamos a continuación. Los casos donde se involucran personas que ejercen cargos como funcionarias del Estado, y libertad de expresión/ideas/ reunión pueden citarse seis (6) sentencias que aplican el artículo 23, inciso 2) en su vertiente de garantizar el derecho a acceder y permanecer a los cargos públicos en condiciones de igualdad y no discriminación son: 1) Funcionarias de la administración: San Miguel Sosa y otras vs. Venezuela (2018) y Martínez Esquivia vs. Colombia (2020); y 2) Juezas: López Lone y otros vs. Honduras (2005), Revertón Trujillo vs. Venezuela (2009); Chocrón Chocrón vs. Página 68 30 La Corte IDH agrupa una serie de sentencias que se ocupan de casos donde los Estados han imposibilitado el ejercicio de los derechos políticos, como fue la sentencia hito en esta materia: Yatama vs. Nicaragua. Aquí el Tribunal trata el derecho de los derechos político-electorales dando un sentido amplio a la idea de “oportunidades” que se establece en la CADH, el señor Yatama fue inhabilitado para el puesto y esta acción le privó de su derecho a ejercer tales derechos políticos. También puede incluirse aquí el caso de Castañeda Gutman al impedírsele por el Estado mexicano su participación como candidato independiente, ver: Corte IDH. Caso Castañeda Gutman Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de agosto de 2008, párrs. 144-145. En el asunto Norin Catriman y otros (Dirigentes, miembros y activista del Pueblo Indígena Mapuche) vs. Chile, de las ocho víctimas tres se desempeñaban como autoridades tradicionales del Pueblo Indígena Mapuche y una señora, activista por la reivindicación de los derechos de dicho pueblo. Contra estas personas se abrieron procesos penales por los cuales fueron condenados como autores de delitos de terrorismo según la Ley No. 18.314 (conocida como Ley Antiterrorista). Corte IDH. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de mayo de 2014. 31 El caso más representativo en este rubro es López Lone y otros Vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de octubre de 2015 al establecer que cuatro magistrados (tres hombres y una mujer) fueron destituidos por la manifestación de sus ideas políticas en el contexto del golpe de Estado en Honduras. 32 Caso Escué Zapata vs. Colombia (4 julio 2007). En este asunto, aunque la Corte IDH estimó la falta de vulneración de derechos políticos del señor Germán Zapata, es importante referenciarlo en el análisis jurisprudencial porque se refere al homicidio de un miembro del Cabildo Gobernador del resguardo indígena de Jambaló, en el Cauca, Colombia. En el mismo sentido el homicidio del senador Cepeda Vargas en: Corte IDH. Caso Cepeda Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de mayo de 2010. Y del dirigente indígena que fue desaparecido véase Chitay Nech y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de mayo de 2010.

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