Revista 2024

REVISTA DIGITAL DEL TECZ 39 Resumen: La exposición de la presente sentencia tiene como objetivo el análisis de los motivos por los cuales se adoptaron acciones afirmativas en cuanto a los grupos vulnerables de personas de la diversidad sexual, así como personas con discapacidad, deliberando la situación en la cual se encuentran dichas comunidades en el Estado de Chihuahua, resultando que nunca en la historia de nuestra Entidad Federativa se había garantizado la postulación de candidaturas y su acceso a su representación política, siendo la primera vez que se implementan en un proceso electoral local. Palabras claves: acciones afirmativas, grupos vulnerables, personas con discapacidad, personas de la comunidad de la diversidad sexual. Por primera vez en la historia del Estado de Chihuahua, en el proceso electoral 2023 se garantizó la postulación de candidaturas a personas de la diversidad sexual y personas con discapacidad en un proceso electoral local1. En la histórica resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua a través del JDC-081/2023 y acumulados, se vinculó a los partidos políticos a postular a personas del grupo de la diversidad sexual y personas con discapacidad, en dos fórmulas de diputaciones por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional. En ese sentido, se reservaron en doce municipios2 espacios para dichos grupos vulnerables; en seis municipios se deberá postular una fórmula de personas de la diversidad sexual y en otros seis se postularán a personas con discapacidad, existiendo la posibilidad de dar cumplimiento con lo anterior, en el caso de que se postulen a personas de tales grupos vulnerables por el cargo de la sindicatura. En primer término, durante el análisis del contexto de las personas con discapacidad en Chihuahua, se encontró con la particularidad de que las personas con discapacidad nunca habían tenido una participación garantizada en anteriores procesos electorales, resultando que nunca se han implementado acciones afirmativas a su favor a nivel local. Debiendo resaltar que en el proceso electoral local 2021- 1 Visible en https://www.techihuahua.org.mx/portfolio/expediente-jdc-081-2023/ 2 En los municipios de Chihuahua, Juárez, Cuauhtémoc, Delicias, Hidalgo del Parral, Nuevo Casas Grandes, Camargo, Meoqui, Jiménez, Guerrero, Saucillo y Madera. Acciones afirmativas para personas con discapacidad y de la diversidad sexual Análisis de la sentencia del JDC-081/2023 y acumulados. Por Hugo Molina Martínez Magistrado del Tribunal Electoral de Chihuahua.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjU2NTE3Mw==