14 REVISTA DIGITAL DEL TECZ El Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, cuenta con el título décimo, denominado “De la justicia municipal y los recursos administrativos”, en el cual, dentro del artículo 378 establece que: “La impartición de justicia municipal es una función de los ayuntamientos y consiste en vigilar la observancia de la legislación para asegurar la convivencia social, en sancionar las infracciones a los instrumentos jurídicos del municipio y amonestar a los infractores en asuntos civiles, obligando en su caso, a la reparación del daño y turnando los casos que ameriten consignación ante el ministerio público”. Asimismo, el propio Código en su numeral 388 indica que los ayuntamientos, acordarán lo conducente para que los Juzgados Municipales cuenten con el personal y los recursos financieros y técnicos necesarios para el ejercicio de sus funciones, los cuales según el artículo 380 se deben constituir obligatoriamente en la cabecera de los municipios urbanos y metropolitanos del Estado de Coahuila, dejando la facultad discrecional para la constitución de estos, solo para los municipios semi urbanos o rurales, esto de conformidad con el numeral 381. Justicia municipal en Coahuila No. Municipio Juzgado Municipal Juzgado Calificador Juzgado Cívico 1 ABASOLO Sí 2 ACUÑA Sí (colegiado y unitario) Sí 3 ALLENDE Sí 4 ARTEAGA Sí 5 CANDELA Sí 6 CASTAÑOS Sí 7 CUATROCIÉNEGAS Sí 8 ESCOBEDO Sí 9 FRANCISCO I. MADERO Sí 10 FRONTERA Sí 11 GENERAL CEPEDA Sí (concilatorio-rural) Sí 12 GUERRRO Sí 13 HIDALGO Sí 14 JIMÉNEZ Sí Conformación de Juzgados de Primer Orden en Coahuila
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