Revista TECZ 2025

19 REVISTA DIGITAL DEL TECZ Más allá de todo eso, el presente trabajo pretende resaltar la importancia de la justicia de primer orden (justicia municipal) y como al margen de toda la reforma judicial, ha quedado “intocada”, o más bien olvidada, quizá por desconocimiento, desfortuna o suerte. “El derecho municipal.. lamentablemente ha corrido la suerte de su objeto de estudio, es decir, el abandono y desinterés tanto a nivel científico como práctico.” Fix Zamudio, Ciudad Universitaria, 1985. La importancia de los ayuntamientos en la conformación del país es enorme, no solo desde la perspectiva legal, sino también desde el enfoque político y ciudadano. Dentro de la obra “La Reforma Municipal y elementos para una Teoría Constitucional del Municipio” de Juan Ugarte Cortés, quien fuera doctor y catedrático en derecho municipal en la UNAM publicada en 1985 se hacen muchas reflexiones en torno al municipio. Contiene un prólogo del Dr. Fix Zamudio, en el cual destaca la nueva imagen del municipio mexicano, que parte a raiz de la Reforma Constitucional de 1983, quien llega a la atinada conclusión de que el municipio mexicano se apoya en las raices étnicas y culturales de nuestro pueblo, en virtud de que se unen los antecedentes prehispánicos con la influencia española, visigótica y romana. El autor se apoyó de fuentes muy puras de la voluntad popular, como el diario de debates y los propios documentos políticos que fueron construidos por Miguel de la Madrid mientras era candidato y que tomaron forma durante su Presidencia, así como en elementos doctrinales para la elaboración de una Teoría Constitucional del Municipio. En el plan de gobierno llamó particularmente mi atención que incluyeron como eje “El municipio y la participación ciudadana”, el propósito general era descentralizar la vida nacional, es decir, tomar en cuenta a las comunidades; a su gente, a sus vecinos, para “desterrar” el caciquismo y arraigar la democracia, todo lo contario a lo que parece estar sucediendo en la actualidad. En ese sentido, es importante señalar que reconocieron la importancia de que “las gentes de las comunidades se manifiesten y se tomen en cuenta en el proceso de planeación”; eso es la participación ciudadana pura que se logra inicialmente mediante la representación de las comunidades a través de las organizaciones obreras, campesinas y populares que convergen en los partidos, pero también desde la autonomía del propio ciudadano. Actualmente, en Coahuila tenemos herramientas para ejercer la participación ciudadana, tales como la Ley Estatal de la materia y los instrumentos municipales, en Saltillo por ejemplo, de forma novedosa el Reglamento de Desarrollo Urbano contempla que se involucren en la toma de decisiones urbanísticas. Esto es importante, porque se empodera al ciudadano por un lado y por otro se ayuda a la autoridad en las labores de construcción de una comunidad ordenada, además para vigilar dichas normas, existe la justicia municipal. Aún se va más allá, mediante la tutela constitucional que otorga la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y que puede ser ejercida mediante controles de los Jueces Municipales Hoy en día, y dada la nueva configuración del Poder Judicial tanto a nivel federal como estatal, es importante que se estudie a profundidad la configuración de la justicia municipal, comenzando por el bloque normativo y sus alcances de aplicación, pues parece que en este supuesto “nuevo esquema de elección e impartición de justicia” impulsado por la federación; han dejado en el olvido lo administrativo en general, y particularmente lo municipal.

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