6 REVISTA DIGITAL DEL TECZ Geografía Electoral y Acceso a medios de comunicación. Balance de la elección del Poder Judicial de la Federación Abstract El proceso electoral extraordinario en el que por primera vez se eligieron a las personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 desafió no solo a las autoridades electorales administrativas como jurisdiccionales, sino también a los medios de comunicación así como a las y los candidatos que, en conjunto, al carecer de un marco jurídico ad hoc, tuvieron que construir el derecho a partir de precedentes que por similitud fueron ajustados a los casos concretos o a través de los principios generales del derecho, en especial, de los de la materia electoral. El presente artículo pretende sintetizar con el uso de la geografía electoral, cómo se desarrolló a nivel nacional un proceso de esta magnitud en comparación con el proceso ordinario federal 2023-2024, e identificar las dificultades en el acceso a los medios de comunicación que representó este proceso para conocer los retos que este representará en el futuro próximo. 1. Geografía Electoral La geografía electoral, de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral, constituye “una forma temática que analiza los problemas electorales en su relación con la población y el espacio de manera interdisciplinaria, permitiendo la ubicación de las poblaciones, los centros de votación y su relación con otras variables socio-económicas.” (Instituto Nacional Electoral [INE], Geografía Electoral, s.f.) Esta metodología de análisis se complementa con la cartografía electoral que, a través de mapas digitales facilita la identificación de los diversos distritos electorales a nivel nacional, por circunscripción, estatal, municipal y seccional (INE, Cartografía, s.f.). La importancia de la geografía electoral radica en que permite generar información fundamental para la planeación, organización y realización de los diversos procesos electorales -tales como campañas de credencialización en México como en el extranjero (INE, Credencialización en el extranjero, s.f.); contar con datos censales que permitan conocer el tamaño, composición y distribución territorial de la población a nivel distrital y seccional; participación y ubicación de casillas especiales, entre otras-, brindando información estadística que permita optimizar los recursos humanos y materiales, en aras de garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía de votar, ser votada y conexos a estos. Como es sabido, la distritación federal en la que ordinariamente se divide el territorio nacional está compuesta por 300 distritos electorales (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, artículo 14.1) para los procesos ordinarios federales, sin embargo, se transformaron en 60 distritos judiciales electorales para la elección extraordinaria del Poder Judicial Federal, en función de las materias o especialización de cada circuito o distrito judicial que estaba en competencia, no necesariamente atendiendo al aspecto poblacional. Como consecuencia de lo anterior, la geografía electoral ordinaria no resultó coincidente con la distritación electoral judicial. PPor Dra. Alma Rosa Bahena Villalobos* Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
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