65 REVISTA DIGITAL DEL TECZ La votación, en esencia, se haría de la manera tradicional, aunque con marcadas diferencias: se otorgarían a cada votante seis boletas federales distintas – cada una con respecto a un órgano jurisdiccional diferente -, que con las boletas estatales, sumaban diez a llenar en total con los candidatos de su elección, los cuales eran referidos con números. Ser aspirante a un cargo judicial exigía como requisitos una compilación documental que cerciorara su identidad, trayectoria y buena imagen pública, así como una certificación mediante examen para determinar su idónea elegibilidad, el cual exigía una calificación mínima de 80 / 100 7 . A los acreditados para contender se les permitió un máximo de $220, 326.20 en fondos para promoción y campaña multimedia, los cuales no podían provenir de financiamiento público, privado o de partidos políticos 8 . El encargado de cerciorar la idoneidad de los candidatos sería un Comité de Evaluación compuesto de cinco integrantes, instaurado el 31 de octubre de 2024, cuyas funciones eran la “recepción de los expedientes de las personas aspirantes, verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como identificar los perfiles que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo” 9 . No obstante, los cinco miembros del Poder Judicial presentaron una renuncia inmediata e irrevocable el 27 de enero de 2025, justificada en una “imposibilidad jurídica de continuar el proceso que fue encomendado” 10, algo importante a destacar es que a esta abrupta decisión, le precedió el otorgamiento al Senado de la República, por parte del TEPJF, de ejecutar las propias funciones del Comité, debido a una “suspensión judicial” sobre éste último 11 . La asunción de la labor de selección de candidatos elegibles por parte del Senado fue celebrada por su propio presidente, quien aseveró que “Es una decisión importante porque fortalece el proceso, porque no deja fuera a nadie, lo que está haciendo el Tribunal es garantizarle a las personas que confirmaron particularmente en el Poder Judicial que no se queden fuera por un “berrinche” del Poder Judicial” 12, ahora con esa facultad en sus manos, el Senado sorteó a los aspirantes por tómbola, en un evento televisado pero con muchos “fallos” en su ejecución, que provocaron el reinicio de la actividad más de una vez, finalmente, los contendientes definitivos fueron publicados en una nueva página llamada “Conóceles, Practica y Ubica” por parte del INE, junto con un tutorial de votación, locación de casillas y demás información que familiarizara a la población general con la dinámica electoral. 7 Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza (2025). Requisitos para la Elección Judicial Extraordinaria de 2024-2025. México. Disponible en: https:// www.pjecz.gob.mx/convocatorias/2025/requisitos/#gsc.tab=0 8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917). Artículo 96. México. 9 Canal del Congreso (2024). Avala Senado Comité de Evaluación para la elección judicial 2025. México. Disponible en: https://www.canaldelcongreso.gob. mx/noticia/avala-senado-comite-de-evaluacion-para-la-eleccion-judicial-2025 10 Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (2025). Aviso a la opinión pública del 27 de enero de 2025. México. Disponible en: https://comiteevaluacion.scjn.gob.mx/sites/default/files/page/files/aviso-a-la-opinion-publica-del-27-de-enero-de-2025.pdf 11 Mundo del Derecho (2025). ¿Por qué renunció el Comité Evaluador del Poder Judicial? México. Disponible en: https://elmundodelderecho.com/por-que-renuncio-el-comite-de-evaluacion-del-poder-judicial/ 12 Idem loc cit.
RkJQdWJsaXNoZXIy MjU2NTE3Mw==