SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Información opcional para fines estadisticos

Sexo
Edad
Nacionalidad
Ocupacion
Otra (Especifique)
Escolaridad
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Información general

Los datos personales que serán sometidos a tratamiento serán los siguientes: nombre, edad, domicilio, correo electrónico, teléfono, CURP, RFC y currículum, esto con fundamento en la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Su información no será compartida con ninguna entidad, institución u órgano. En caso de que por alguna razón se tuviese que compartir algún dato personal, se le avisará con anterioridad para que manifieste lo que ha su interés convenga.
Usted cuenta con la posibilidad de ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, así como el de portabilidad de los datos, ante la Unidad de Transparencia de este Tribunal, ubicada en Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño #551, esquina con Antimonio Fraccionamiento Cruz del Aire en Saltillo, Coahuila, una vez que haya otorgado su consentimiento para su tratamiento.
El medio a través de los cuales le comunicaremos los cambios al aviso de privacidad será la página de internet del Tribunal: www.tecz.org.mx.

(1) En caso de que la persona solicitante no proporcione “nombre” y señale “Acudir a la Oficina de Información Pública”, para recibir notificaciones, será necesario presentar el acuse de la
solicitud de información.
(2) Cuando la persona solicitante señale como medio para recibir notificaciones “domicilio“, se deberá proporcionar el nombre de la persona autorizada para recibir la notificación. (Artículo
44 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Coahuila de Zaragoza, supletoria a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Coahuila.
(3) Si la solicitud es presentada ante un Ente Obligado que no es competente para entregar la información o que no la tenga por no ser de su ámbito, se orientará al solicitante, y en un plazo
no mayor a tres días hábiles a partir del día siguiente al que se tenga por presentada la solicitud, deberá canalizarla al Instituto Coahuilense de Acceso a la Información. (Artículo 95 de la
Ley de Acceso a la Información Púbica del Estado de Coahuila).
(4) Las solicitudes de acceso a la información y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada, serán públicas. (Artículo 21, fracción XXIV de la Ley de
Acceso a la Información Púbica del Estado de Coahuila).
(5) La entrega de información podrá generar un costo por reproducción y/o envío, el cual será informado por medio de la Unidad de Transparencia. (Artículo 101 de la Ley de Acceso a la
Información Púbica del Estado de Coahuila )
(6) Las solicitudes que se reciban después de las 15:00 horas de un día hábil o en cualquier hora de un día inhábil, se tendrán por recibidas a partir del día hábil siguiente.
(7) Los plazos para la atención de las solicitudes de información se encuentran establecidos en el artículo 99 de la Ley de Acceso a la Información Púbica del Estado de Coahuila y son los
siguientes:

Respuesta a la solicitud   09 días hábiles
En su caso, prevención para aclarar o completar la solicitud de información 5 días hábiles
Respuesta a la solicitud , en caso de que haya recibido notificación de ampliación de plazo 20 días hábiles
Respuesta a la solicitud, en caso de considerarse como información pública de oficio 5 días hábiles