34 Clara Patricia Mújica Valdez Licenciada en Derecho; especialista en Derechos Políticos con perspectiva internacional y comparada; recientemente, concluyó el plan de estudios académicos de la Maestría en Derecho Constitucional con orientación en Derecho Electoral. Lugar de trabajo y puesto: Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza; Magistrada en funciones y Presidenta de la Comisión de Jurisprudencia. Experiencia jurisdiccional en materias civil, mercantil y electoral; fue asesora de consejería en el Instituto Electoral de Coahuila y Secretaria de Estudio y Cuenta del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila. Paridad, acciones afirmativas y grupos en situación de vulnerabilidad en Coahuila: hacia una representación legislativa materialmente incluyente ABSTRACT Palabras Claves paridad de género, acciones afirmativas, representación política, grupos en situación de vulnerabilidad, igualdad sustantiva, derecho electoral. Este trabajo analiza el marco jurídico-electoral de Coahuila en materia de paridad de género, acciones afirmativas y participación política de grupos en situación de vulnerabilidad, con especial atención a su impacto en la integración del Congreso local. A partir de un análisis normativo y sistemático de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código Electoral del Estado, se examinan las reglas de postulación paritaria, competitividad, transversalidad, autoadscripción y restricciones de elegibilidad vinculadas con violencia de género y obligaciones alimentarias. El presente estudio sostiene que el modelo coahuilense supera una visión meramente formal de igualdad y avanza hacia una representación sustantivamente incluyente. Introducción. La democracia constitucional no se agota en la celebración periódica de elecciones ni en la posibilidad abstracta de votar y ser votado; en sociedades marcadas por desigualdades históricas, la representación política solo es legítima cuando el acceso a los cargos públicos se desarrolla en condiciones reales de igualdad, conforme a los principios de igualdad y no discriminación previstos en el artículo 7 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza. ARTÍCULOS Por Clara Patricia Mújica Valdez Magistrada en funciones del Tribunal Electoral del estado de Coahuila y Presidenta de la Comisión de Jurisprudencia.
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